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Sin orden judicial: los casos en que fiscalizadores podrán entrar a casas en Fiestas Patrias

El ministro del Interior, Víctor Pérez, ejemplificó cuáles podrían ser los dos escenarios en que las autoridades sanitarias pueden entrar a las viviendas en el marco de los permisos para las Fiestas Patrias.

Según indicó el secretario de Estado, esta situación se puede efectuar por flagrancia al descubrir una fiesta o actividad clandestina y en el caso de que existiera información o antecedentes de que hay personas contagiadas de COVID-19.

Paula Labra, seremi de Salud Metropolitana, complementó que el ingreso lo pueden hacer autoridades sanitarias pero “siempre y cuando estén acompañados de un carabinero” o integrante de las fuerzas públicas.

“Es importante señalar que los fiscalizadores portarán su equipamiento y credenciales que los diferencian”, acotó.

Asimismo, explicó que no se requerirá de alguna orden judicial, pudiendo entrar “si tenemos denuncias o sospechas”.

“Por ejemplo, si detectamos grandes ruidos o una fonda vamos a ingresar. El código sanitario permite firmar una orden de allanamiento”, afirmó.

Recordar que el propio Pérez destacó que “indudablemente no cualquier autoridad puede llegar y entrar a la vivienda de una determinada persona, pero la autoridad sanitaria lo hace con el sustento que le da la ley. Puede hacerlo porque lo que se busca es cumplir normas que son absolutamente necesarias para el conjunto de la sociedad”.

Fuente: 24horas.cl

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