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Vocales, apoderados de mesa y el Tricel: Los roles claves del proceso electoral ante la disputa de votos en segunda vuelta

El Servicio Electoral, los comandos de ambos candidatos y diversos actores políticos coinciden en que las elecciones del 19 de diciembre serán “muy competitivas”, por lo que los sufragios serán “peleados” y “defendidos” en el escrutinio.

“Esta elección va ser estrecha. Cuando hablo de estrecha quiero decir que, incluso, puede que esto no se resuelva el domingo, que la diferencia (de votos) sea tan minúscula que finalmente esto pueda ir a los tribunales electorales. Por eso es tan importante el llamado al reforzamiento a tener apoderados de mesas en cada una de las mesas”.

Con estas declaraciones, el senador y presidente de RN, Francisco Chahuán daba cuentas del eventual escenario electoral que podría darse en la segunda vuelta presidencial del próximo 19 de diciembre, y el parlamentario no es el único que sostiene una opción de esa índole, pues desde los mismos comandos de ambos candidatos han llamado a “defender” los votos durante el escrutinio.

Por lo anterior, todos los actores involucrados en el balotaje se vuelven entes claves a la hora de garantizar un óptimo y transparente proceso electoral. En ese sentido, los vocales, apoderados de mesa y el Tribunal Electoral cumplirán un rol primordial al momento de llevarse a cabo el escrutinio, pues desde el mismo Servicio (Electoral), llaman al respeto y a “no ejercer la guerra”, durante el conteo.

Bajo ese contexto, ¿qué rol cumplen los vocales y apoderados de mesa, ¿cuál es el proceso a la hora de emitir un voto?, ¿cuál es el procedimiento si un sufragio es objetado y cuál es el papel que cumple el Tribunal Electoral en estos casos? A pocos días de la segunda vuelta presidencial, hay varias consideraciones que hay que tener en cuenta al momento de acercarse a las urnas.

Vocales de mesa y cargos

De acuerdo con el Servel, en total habrán 46.888 mesas receptoras de sufragios habilitadas, de las cuales 46.639 encuentran en territorio nacional. A las 08:00 horas del domingo 19 se abrirán las mesas. Estas deben contar con al menos tres vocales para constituirse y poseen cargos como presidente, secretario y comisario. Sin embargo, lo ideal es que hayan cuatro integrantes a la hora de abrir las urnas.

En ese sentido, el presidente de la mesa será el encargado de coordinar y apoya en todo, dirige el conteo de votos y es el responsable de dicha mesa. Cabe señalar que es el único miembro que puede cerrar la mesa a los votantes, pero sólo cuando no hayan personas con “disposición a sufragar” al interior del recinto.

Por su parte, el comisario está encargado de los materiales y útiles necesarios para llevar a cabo la función de la mesa y el secretario debe registrar todo en los formularios correspondientes. Ellos, están encargados de instalar la mesa de votación, entregar los votos a los votantes, cuidar del orden y formalismo de este acto y resuelven consultas de todo ciudadano que participe del proceso electoral.

De esa forma, y acorde con los estamentos del Servel, los vocales no pueden mostrar alguna preferencia hacia los candidatos y deben mantener el respeto con los votantes y los apoderados de mesa.

Conteo de votos

A las 18:00 horas del día de la elección, y siempre que no hubiere electorado que desee sufragar esperando dentro o fuera del local de votación, el presidente de la mesa declarará cerrada la votación, dejando constancia de la hora en el acta de escrutinio (Form 040-P). Si hubiese electores con intención de votar, la mesa deberá recibir el sufragio de todos ellos antes de proceder con el cierre de la votación.

En ese sentido, previo a iniciar con el escrutinio, los vocales de mesa deberán cumplir con una serie de protocolos a la hora de abrir las urnas, pues debe haber un proceso transparente y preciso a la hora de calzar los sufragios y verificar si ellos fueron válidamente emitidos. Por ello, deberán seguir el siguiente instructivo dispuesto por el Servel:

Luego de la declaración de cierre de la mesa, el secretario escribirá en el padrón de mesa, en el espacio destinado para la firma, la expresión “no votó” respecto de los o las electores que no hayan sufragado. Posteriormente, iniciará la apertura de las urnas y comenzará el conteo.

El presidente de la mesa contará el número de electores que hayan sufragado según el padrón de mesa y el número de talones correspondientes a las cédulas emitidas y las anotará en el “Acta de Escrutinio Formulario”, donde se detallará la cantidad de votos en la urna, cantidad total de firmas y cantidad total de talones.

Una vez realizado lo anterior, el presidente abrirá primero la urna y se iniciará con el escrutinio correspondiente al cardo de Presidente de la República. Y, tanto presidente como o el secretario de la mesa firmarán todas las cédulas al dorso. Cabe señalar que este proceso se desarrolla así, ya que se trata de una segunda vuelta, por lo que hay sólo un cargo en disputa.

Es en este momento, donde el proceso electoral se vuelve clave, pues los apoderados de mesa y los integrantes de la mesa, deberán decidir sobre la validación de los votos: Según el Servel, “son válidas y se escrutarán las cédulas que evidencian sólo una preferencia”. Además, “también se escrutarán como válidas las cédulas en que se haya señalado una sola preferencia, pero que la mesa considere ‘marcadas'”.

“Se considerarán como marcadas, y podrán ser objetadas por vocales y apoderados, las cédulas en que se ha marcado claramente una preferencia, aunque no necesariamente en la forma correcta, y que tengan además de la preferencia, leyendas u otras marcas o señas gráficas que se hayan producido en forma accidental o voluntaria”, explica el Servel en su “Cartilla de instrucciones para mesa receptora de sufragios”.

En aquel documento, también se detalla que “serán contabilizadas como válidas, aquella emitida con una preferencia pero sin los dobleces correctos. Todas estas cédulas deberán escrutarse a favor del candidato que indique la preferencia, pero deberá quedar constancia de sus marcas accidentales o voluntarias en las actas de escrutinios (Form. N° 40) respectivas con indicación de la preferencia que contienen”.

Apoderado de mesa

En base a lo anterior, es que los apoderados de mesa se vuelven un rol clave para las elecciones, sobre todo para la segunda vuelta del 19 de diciembre, pues desde los mismos comandos de ambos candidatos han llamado a “defender” los votos. Es más, el mismo presidente del Servel, Andés Tagle manifestó que estas elecciones serán muy “competitivas”.

Bajo ese contexto, es que el Consejo Directivo del Servicio Electoral resolvió en su sesión del 27 de octubre de 2021, decidió emitir un instructivo denominado “Sobre el Buen Trato, Respeto y Derechos de los Apoderados” dirigido a los integrantes de la juntas electorales y a los delegados de las junta electorales en los locales de votación.

Aquel documento establece que el apoderado de mesa es “el representante de cada partido político o candidatura independiente, con derecho a voz, pero sin voto, que asiste a las actuaciones de las mesas receptoras de sufragios, y a otras contempladas en la ley, para observar el proceso eleccionario”.

“Consideramos que los apoderados ejercen una función esencial para el desarrollo de los actos electorales democráticos y transparentes, que deben otorgárseles todas las facilidades por parte de los delegados de la junta electoral en los locales de votación y por los vocales de mesa para el ejercicio de sus funciones, y desde luego, un total e irrestricto cumplimiento de los derechos que ellos tienen establecidos especialmente en la legislación”, señaló Tagle,

En esa línea, desde el Servel establecen que los apoderados de mesa tienen los siguientes derechos y deberes: Al apoderado ante la oficina electoral del local de votación le corresponde supervisar las actuaciones del delegado, observar la entrega del material electoral y estar presente y observar el proceso de digitación, digitalización y transmisión de las actas de escrutinio.

Además, debe ser registrado en el acta de instalación de mesa y estar presente durante el proceso de votación, asegurando la independencia y la reserva del votante en la emisión de su sufragio. En ese sentido, puede formular las objeciones y reparos que estime convenientes, y exigir que se deje constancia de ellos en el acta de sus objeciones.

Fuente: Emol.com l

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