La crisis política en Venezuela entró en un nuevo capítulo tras la abrupta ausencia del presidente Nicolás Maduro del ejercicio del poder, situación que ha generado múltiples interrogantes sobre el futuro político del país y la posibilidad de convocar elecciones presidenciales.
Tras los hechos recientes en los que Maduro fue capturado, la vicepresidenta Delcy Rodríguez fue juramentada como presidenta encargada por la Asamblea Nacional y respaldada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en una maniobra que busca garantizar la continuidad del Estado en medio de la incertidumbre.
La Constitución venezolana y el marco para elecciones
En este escenario, conocer el marco constitucional es clave para comprender los pasos que podrían seguirse. El artículo 234 de la Constitución de Venezuela establece que “un presidente que se encuentra temporalmente indisponible será reemplazado por el vicepresidente ejecutivo por un período de hasta 90 días, prorrogables por la Asamblea Nacional por otros 90 días”.
Esto coincide con lo que destaca el analista y exembajador Fernando Reyes Matta, director del Centro de Estudios sobre China de la Universidad Andrés Bello (UNAB): “Es muy importante darse cuenta del artículo 234 de la Constitución de Venezuela. Ella establece que la ausencia de Maduro solo constituye una ausencia temporal y eso permite a la vicepresidenta estar en el cargo por 90 días, con 90 días renovables. O sea, 180 días tiene Delcy Rodríguez la posibilidad de estar a cargo del Gobierno de Venezuela”.
A partir de esa lógica, Rodríguez podría ejercer de forma interina hasta 180 días, antes de que se declare una ausencia definitiva de Maduro —lo que, de acuerdo con la Constitución, habilitaría a la Asamblea Nacional a declarar la falta absoluta y convocar una elección presidencial.
¿Qué significa falta absoluta y qué sigue?
Según la Constitución, la falta absoluta del presidente ocurre en casos como la muerte, renuncia, destitución, incapacidad permanente, abandono del cargo o revocación popular, según el artículo 233. Tras declararse esta situación, “se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes”.
Esto significa que, si la Asamblea Nacional concluye que la ausencia de Maduro es definitiva, se abriría un proceso para elegir un nuevo mandatario en un plazo estrecho, que hoy algunos analistas estiman podría ocurrir dentro de unos seis o siete meses, si se cuentan las etapas de ausencia temporal y los plazos constitucionales.
No obstante, la interpretación legal ha sido objeto de debate interno. Por una parte, existe una línea constitucional que establece claramente estos pasos. Por otra, algunos sectores dentro del entorno político del chavismo argumentan que el actual escenario se está abordando como una “ausencia forzosa” más que como una situación prevista explícitamente en la Carta Magna, lo que complica aún más la definición de plazos y obligaciones.
El panorama político en medio de la incertidumbre
Delcy Rodríguez, figura estrechamente vinculada al chavismo, ha asumido el liderazgo interino con apoyo del TSJ y de la estructura institucional vigente. Su mandato interino ha generado reacciones diversas: desde sectores que respaldan la continuidad del gobierno, hasta grupos opositores y países extranjeros que cuestionan su legitimidad y exigen procesos democráticos claros.
Además, la realidad política venezolana se caracteriza por un poderoso círculo gubernamental compuesto por figuras como Diosdado Cabello y Vladimir Padrino López, que ejercen influencia significativa más allá de la figura presidencial y que pueden jugar un rol decisivo en cómo evolucionen los pasos hacia una eventual elección o transición.
¿Se pueden convocar elecciones?
La respuesta formal se vincula estrechamente con la declaración de una falta absoluta del presidente y la actuación de la Asamblea Nacional conforme al artículo 233 de la Constitución. Si esto ocurriera, la normativa establece que se debe convocar a elecciones presidenciales en 30 días.
No obstante, en el contexto actual, la decisión política sobre declarar o no la falta absoluta puede demorar o modificarse por consideraciones institucionales, presiones internas y cálculos estratégicos de los actores políticos. Esto hace que la posibilidad de elecciones, aunque contemplada, no sea inmediata ni asegurada.
Implicancias para la democracia y la región
Más allá de los plazos legales, el debate sobre elecciones en Venezuela tiene implicancias profundas para la recuperación de la democracia, la legitimidad política y la estabilidad regional. El proceso de transición constitucional, si se concreta, será observado de cerca por la comunidad internacional y por los ciudadanos venezolanos, ávidos de certezas políticas después de años de polarización y crisis.
En palabras de Reyes Matta, “ese es el panorama en relación con los futuros pasos que pueden darse allá en Venezuela respecto de la transición a la democracia”, subrayando que la definición de la ausencia presidencial y la convocatoria a elecciones constituirán un punto de inflexión en la historia reciente del país.
FUENTE: COMUNICACIONES, UNIVERSIDAD ANDRES BELLO




