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SONAMI solicita ante el Tribunal Ambiental la invalidación del Parque Nacional Desierto Florido: estos son los motivos

La Sociedad Nacional de Minería (SONAMI) presentó una reclamación judicial ante el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago con el objetivo de invalidar la creación del Parque Nacional Desierto Florido, ubicado en la comuna de Copiapó, Región de Atacama.

Según la organización, el recurso no busca oponerse a la creación del parque en sí, sino que cuestiona los términos bajo los cuales fue establecido, en particular su delimitación territorial, que, afirman, afecta concesiones mineras preexistentes sin haber contado con instancias de participación ciudadana ni estudios técnicos suficientes.

A través de una declaración pública, SONAMI afirmó que no se opone a la conservación de los ecosistemas del desierto florido, fenómeno natural único que ocurre ocasionalmente en el norte del país.

No obstante, sostiene que la extensión del parque, de más de 57 mil hectáreas, no se ajusta a ninguna de las alternativas de trazado propuestas por la Corporación Nacional Forestal (CONAF).

El gremio alega que esta delimitación genera efectos directos sobre zonas con vocación minera, incluyendo concesiones vigentes de pequeños y medianos propietarios.

“La definición del área se realizó de manera arbitraria e ilegal, al no existir antecedentes técnicos suficientes que la justifiquen”, señala la organización.

Además, SONAMI argumenta que no se realizaron procesos formales de participación ciudadana que permitieran a los titulares de concesiones expresar su postura antes de la aprobación del decreto.

La acción judicial ocurre luego de que, el 9 de junio de 2025, el Ministerio de Bienes Nacionales rechazara una solicitud formal de invalidación del decreto que crea el parque, presentada por SONAMI en agosto de 2024. Ante esa negativa, el gremio minero decidió acudir a tribunales ambientales.

En el documento ingresado ante la justicia, SONAMI plantea que la delimitación actual del parque podría afectar de forma grave la actividad económica local, especialmente a mineros de menor escala, que quedarían imposibilitados de operar en áreas ahora restringidas bajo la categoría de parque nacional, la más estricta dentro del sistema de protección ambiental chileno.

La reclamación fue ingresada ante el Segundo Tribunal Ambiental, que deberá revisar los antecedentes del caso. Por ahora, el caso sigue en tramitación judicial y a la espera de un pronunciamiento del tribunal competente.

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