De acuerdo con la resolución sobre la no admisión a trámite del proyecto, la Declaración de Impacto Ambiental de la iniciativa, esta no cumple con los requisitos establecidos por la normativa de la entidad.
Este 6 de junio, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) publicó la resolución de inadmisibilidad del proyecto “Continuidad Operacional Proyecto Delta” de la Empresa Nacional de Minería (ENAMI).
De acuerdo con la resolución sobre la no admisión a trámite del proyecto, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la iniciativa no describe la forma en que su proyecto se relaciona con la Política Nacional de Ordenamiento Territorial y no presenta antecedentes para justificar la inexistencia de efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.
Asimismo, no se presentaron las medidas adoptadas para asegurar la diversidad biológica, ni las plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones que ilustren los puntos más salientes, su altura, número de pisos y la línea correspondiente al suelo natural.
“Téngase presente que, en caso que el proyecto o actividad se emplace en, o en las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas, la DIA deberá contener los antecedentes que justifiquen la inexistencia de susceptibilidad de afectación a dichos pueblos localizados en el área en que se desarrollará el proyecto o actividad”, indicó la resolución.
El proyecto
La iniciativa contempla una inversión de US$ 33 millones y pretende extender la vida útil de las plantas de minerales oxidados y sulfurados en 50 años, junto con el aumentar la capacidad de almacenamiento de los depósitos estériles, ripios y relaves. Además, el proyecto considera la construcción de una línea eléctrica de media tensión, de 23 kV, la cual alimentará de energía la mina subterránea, para prescindir de los equipos electrógenos y equipos diésel-hidráulicos que actualmente operan y complementar con la construcción de instalaciones menores en planta Delta.
“Por último, se considera también la normalización ambiental de una serie de instalaciones ya edificadas que no se encuentran amparadas bajo alguna de las Resoluciones de Calificación Ambiental del Proyecto Delta. El resto de las instalaciones, así como los procesos de extracción minera y beneficio de mineral se mantienen según lo actualmente aprobado”, indica la descripción de la iniciativa.
Fuente: Reporte Minero