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Ratifican multa de 181 millones de pesos por cortes de agua en Chañaral

Durante la jornada de este viernes, la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) informó que el tribunal ratificó la multa a la empresa Nueva Atacama (Ex Aguas Chañar), con el pago de 250 UTA, luego de los cortes de agua potable en la localidad de Chañaral, afectando a más de 4.200 clientes.

La publicación señala que “El 20º Juzgado Civil de Santiago rechazó con costas y ratifica las multas aplicadas a Aguas Chañar (hoy Nueva Atacama) por deficiencias reiteradas en la continuidad del servicio de distribución de agua potable en la localidad de Chañaral el jueves 9 de febrero de 2017 y por haber afectado a más de 4.200 clientes de dicha ciudad.

La empresa sanitaria se defendió arguyendo que la extensión de los cortes programados en el servicio de distribución de agua potable, se produjeron por causas de fuerza mayor o caso fortuito y que ellos siguieron todos los protocolos de acción ante emergencias. Junto con esto, alegaron que no hay proporcionalidad entre la infracción cuantía de la multa, que asciende a 300 UTA, cerca de 181 millones de pesos. Estos se dividen en 50 UTA (30 millones) por las deficiencias del servicio y 250 UTA (151 millones) por la cantidad de clientes afectados.

Además, Aguas Chañar explicó que no hubo reincidencia ni reiteración como señala la SISS, ni se afectó a la generalidad de los clientes y que el Procedimiento Administrativo adoleció de vicios que afectaron la validez del acto terminal y su motivación, al haberse vulnerado la duración máxima y razonable del proceso administrativo de sanción y a la inexistencia de un término probatorio para la sancionada que vulneró su derecho a defensa.

Sin embargo, el tribunal explicó en su sentencia que ninguna de las pruebas aportadas por la sanitaria eran suficiente para desacreditar la sanción impuesta por la Superintendencia. Junto con eso, dijo que la responsabilidad de la empresa es asegurar la calidad y continuidad del servicio y que en este caso se vieron afectados la totalidad de los usuarios de la localidad de Chañaral. Esto tiene como consecuencia que las sanciones impuestas se ajustan a derecho y que las pruebas no logran desvirtuar las fallas de la concesionaria, por lo que el fallo condena al pago de la multa, siendo susceptible de ser apelada en una segunda instancia en la Corte de Apelaciones.

Respecto a este fallo, Nostálgica se comunicó con Nueva Atacama, desde donde indicaron que este “es de primera instancia, por una situación ocurrida en el año 2017”, agregando que “revisaremos los antecedentes y determinaremos las acciones a adoptar”.

Finalmente, desde Nueva Atacama destacaron que “desde que el Grupo Aguas Nuevas tomó la administración de la empresa en el año 2018, no ha habido eventos similares, y se han logrado importantes  mejoras en cuanto a calidad y continuidad del servicio, cumpliendo con todos los compromisos contraídos con las autoridades y la comunidad”.

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