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Presidente Piñera extiende por 90 días el Estado de Catástrofe por pandemia de coronavirus

27 de marzo del 2020/SANTIAGO El Presidente de la Republica, Sebastian Piñera, realiza un punto de prensa en el entre patio del palacio de La Moneda, tras finalizar un consejo de gabinete. FOTO: SEBASTIAN BELTRAN GAETE/AGENCIAUNO

El Presidente Sebastián Piñera extendió por 90 días más el Estado de Catástrofe que rige en el país a raíz de la pandemia de coronavirus COVID-19.

La medida fue consignada luego de que este martes 16 de junio se cumpliera el plazo de la primera medida, correspondiente a uno de los estados de excepción constitucional, que había sido decretada el pasado 18 de marzo.
Asimismo, Piñera informó el reemplazo de los Jefes de la Defensa Nacional de las regiones del Maule y de Ñuble, generales de Brigada (Ejército) Patrice Van de Maele Silva y Cristián Vial Maceratta, cuyos cargos serán ocupados por los generales de Brigada de Ejercito, Hugo Lo Presti Rojas, y Rubén Segura Flores, respectivamente.
El resto de los jefes de zona fueron actualizados en sus cargos por el tiempo anunciado.

Alberto Espina, ministro de Defensa, destacó que la extensión del Estado de Catástrofe responde a la necesidad de “cuidar la salud de los chilenos”.

El secretario de Estado defendió la labor de las Fuerzas Armadas, destacando que estas podrán seguir fiscalizando en las calles el cumplimiento de las medidas sanitarias.

Sin embargo, enfatizó que “si no hay colaboración de la ciudadanía tendremos que seguir con altos niveles de contagios”.

“Es fundamental e que la ciudadanía sea solidaria y responsable”, añadió.

Recordar que la medida está estipulada en la Constitución Política y la Ley Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción Constitucional (N°18.415), donde se explica lo siguiente:

– “Estado de Catástrofe” es parte de los denominados “Estados de Excepción Constitucional”, los que son definidos como maneras de proteger la estabilidad y seguridad del país o zona en particular, a través de la ley, cuando ocurren situaciones anormales de distinta índole.

– El “Estado de Catástrofe” se declara en los casos de “calamidad pública” y sus efectos son los siguientes:

  • Las zonas afectadas quedan bajo la dependencia del “Jefe de la Defensa Nacional”, quien es designado por el Presidente de la República.
  • El Presidente tiene las facultades excepcionales de restringir: “las libertades de locomoción y de reunión; disponer requisiciones de bienes; establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad; y, adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada“.

 

Fuente: 24horas.cl

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