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Ministerio de Hacienda informa sobre la postergación de la Operación Renta hasta el 31 de mayo

El Ministerio de Hacienda informó este viernes que se extenderá el plazo de la operación renta 2021. Esto, con el fin de apoyar a las personas y a las empresas que aún no han realizado su declaración de renta, en el contexto de las restricciones sanitarias y dificultades económicas generadas por la pandemia del Covid-19.

La crisis sanitaria ha generado una paralización muy fuerte de la actividad económica, impactando tanto a las personas como a las empresas de nuestro país, especialmente a aquellas de menor tamaño. Queremos facilitar el cumplimiento tributario de todos los contribuyentes y este respiro será muy relevante para eso”, dijo el Ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, quien destacó que se emitirá un decreto a la brevedad adoptando esta medida, el que se enmarca en el contexto de la extensión de una serie de otras medidas de índole tributaria, que fueron establecidas en abril de 2020, destinadas a apoyar a las familias y empresas durante la pandemia.

Por su parte la Asesora Regional Ministerial de Atacama, Soledad Lingua, señaló: “Esta es una medida recibida muy positivamente en Atacama, especialmente por aquellas pymes y oficina de contadores que debido a la pandemia no han tenido al equipo de trabajo funcionando en su totalidad, lo que les ha provocado demoras y atrasos en la ejecución de sus rentas 2021. En el año 2020 en Atacama se recibieron más de 64 mil declaraciones, de las cuales 55 mil eran con devolución de impuesto, por lo que este año esperamos cifras similares.”

El decreto establece una prórroga en el plazo de la declaración y pago anual de impuesto a la renta del año tributario 2021 (Formulario 22), hasta el 31 de mayo de 2021, desde el plazo original del 10 de mayo 2021.

Esta medida se añade a la recientemente anunciada que faculta al SII a prorrogar el pago de cuotas de contribuciones de bienes raíces de 2021, para:

  • Personas naturales: para las cuotas de abril (primera), junio (segunda), septiembre (tercera) y noviembre (cuarta), en el caso de un bien raíz habitacional con avalúo fiscal hasta UF 5.000. Estas se pagarán en cuatro cuotas, junto con las de 2022.
  • Pymes: primera y segunda cuota de 2021, para Pymes con ingresos anuales hasta UF 100 mil y que, entre enero y febrero 2021, hayan sufrido una caída de al menos 30% en sus operaciones en promedio, respecto de los mismos meses del año anterior. El pago será en dos cuotas, junto con las cuotas del primer semestre de 2022.

La medida evita el doble pago de cuotas durante 2021, por las prórrogas otorgadas el año pasado.

FUENTE Asesora Regional Ministerial de Atacama – Ministerio de Hacienda

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