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Ministerio de Energía anuncia eliminación de “Hora Punta” para incentivar activación económica (Video)

Durante la mañana de este jueves, Nostálgica se trasladó hasta las dependencias de la Seremi de Energía de Atacama, para poder tener detalles del anuncio realizado recientemente, relativo a la eliminación del llamado consumo de horario punta.

Kim Fa Bondi, seremi de energía, explicó de qué se trata esta eliminación de este valor mencionando que “el Ministerio de Energía ha considerado importante proceder a la eliminación de la “hora punta” para los meses de abril, mayo, agosto y septiembre del año 2021… el año pasado el Ministerio de Energía emitió este decreto, haciendo la suspensión de este periodo de tiempo, porque sabemos que la mayoría de las personas hoy día están en sus casas producto de la pandemia”.

Kim Fa Bondi agregó que “queremos dar un empujón y una señal fuerte al sector del comercio, al sector industrial que son en el fondo el público objetivo a quiénes afecta en primer lugar la medida de la eliminación de las horas punta”

Según explicó la autoridad regional, la “hora punta” es el periodo de tiempo que va entre las 6 de la tarde y las 10 de la noche y que tiene un valor distinto, ya que tiene un recargo. Es precisamente  el valor de este período de tiempo el que se suspendió durante los meses de abril, mayo, agosto y septiembre de este año, por lo tanto esperamos con esto genera un impulso en la economía y un impulso en el empleo, pero además a las personas que están en sus hogares”.

Lo anterior, dijo la seremi de energía porque gran parte de los niños que todavía están en casa, existiendo estudiantes que están desde el hogar con clases remotas, sumado a que hay personas que están haciendo teletrabajo.

A lo anterior, se suma como beneficio “la eliminación del recargo de la tarifa de invierno, esto que es distinto al horario punta, y que afecta a las personas en sus hogares…esto tiene que ver con este límite máximo de consumo”.

La seremi de energía de Atacama precisó que esto ocurre cuando se “sobrepasa el consumo máximo que ha tenido la persona en su cuenta anual y se genera un recargo respecto de este consumo, el cual no estará presente en abril, mayo, agosto y septiembre.     

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