Durante el debate, el presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara Alta, el senador Juan Antonio Coloma informó la norma explicando que “se busca rectificar las tasas a pagar por las patentes mineras. Se plantea rebajar este cobro porque había sido un error el guarismo”.
Considerando la pertinencia de rectificar los efectos negativos que generó en la minería y la construcción, la entrada en vigencia de diversas disposiciones de la denominada ley de exenciones tributarias, la Sala del Senado aprobó por unanimidad una serie de cambios a esta norma.
A la propuesta que fue analizada por los integrantes de la Comisión de Hacienda de la Cámara Alta, no se le presentaron indicaciones, de manera que el texto ahora será remitido a la Cámara de Origen. Así las cosas, el proyecto queda en condiciones de ser promulgado como ley.
Durante el debate, el presidente de la Comisión de Hacienda, el senador Juan Antonio Coloma informó la norma explicando que “se busca rectificar las tasas a pagar por las patentes mineras. Se plantea rebajar este cobro porque había sido un error el guarismo. Lo segundo se refiere, a la entrada en vigencia del IVA a la construcción. La idea es ampliar el beneficio a 2025 y no como hoy que es hasta 2022”.
En la citada instancia legislativa, el Ejecutivo explicó que se busca:
- Corregir la vigencia de la eliminación del crédito fiscal IVA al cual pueden acceder los adquirentes, habituales en la compraventa de inmuebles por aquella parte del IVA que las empresas constructoras puedan recuperar con ocasión del Crédito Especial para Empresas Constructoras (CEEC)
- Modificar el valor de la patente reducida de las pertinencias mineras (la ley dice que la patente corresponde un décimo de una Unidad Tributaria Mensual (UTM) por hectárea completa que comprenda la pertenencia, y debe decir tres décimos).
- Hacer que la entrada en vigencia de la ley sea igual para todos los tipos de instituciones luego que algunas como Bomberos o la Cruz Roja no estaban contempladas. Así todas podrán hacer uso del beneficio desde el 1 de enero de 2025. También se incluye a las viviendas sociales que no estaban consignadas.
- Faculta que las operaciones que se inicien entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024, puedan acceder al beneficio del CEEC con tasa de 0,325%, en las mismas condiciones a las que acceden proyectos con contratos generales de viviendas destinadas a habitación.
Fuente: mch.cl