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Fiscalía acreditó delito de tráfico de droga a imputados que vendían pasta base de cocaína

La Fiscalía de Atacama consiguió acreditar la autoría de un delito de tráfico de drogas en contra de dos imputados, a quienes se indagó por su actuación en este hecho. El cual quedó al descubierto a partir de las diligencias que se desarrollaron junto a personal del OS-7 de Carabineros.

La información la entregó el fiscal encargado de este tipo de ilícitos, Leonel Ibacache, quien indicó que a partir de información obtenida se comenzó a investigar al condenado con domicilio en la comuna de Tierra Amarilla, con las iniciales G.E.S, de quien se conoció que al menos desde el mes de junio del año pasado comenzó a mantener contacto con distintos proveedores de droga a quienes adquiría semanalmente dosis de aproximadamente 200 gramos de pasta base de cocaína que luego dosificaba y comercializaba con otros traficantes y consumidores.

A partir de estos hechos, la Fiscalía ordenó diligencias a personal policial especializado de Carabineros, quienes pudieron determinar que el día 01 de agosto el imputado concurriría a adquirir droga; procediendo a realizar una fiscalización al vehículo en el que se movilizaba el imputado. Diligencia en que se le detuvo junto a un segundo ocupante del móvil, con las iniciales C.A.P, quien cooperó con el transporte con fines de movilizar droga en el interior del auto. En dicha diligencia el OS-7 logró incautar 201 gramos de pasta base que resultó tener una pureza de 29%.

El mismo día se procedió al allanamiento de dos domicilios en la mencionada comuna en cuyo interior se incautó evidencia que dejó de manifiesto la dosificación de la droga como pesas digitales y bolsas plásticas, además otras dosis de droga.

Frente a estos medios de prueba, el Juez de Garantía condenó a ambos imputados como coautores del delito de tráfico de drogas determinando una sanción de tres años y un día además de una multa de una Unidad Tributaria Mensual. En dicha audiencia se estableció la libertad vigilada intensiva por el mismo plazo en contra del imputado con siglas C.A.P, mientras que en el caso de G.E.S la sanción deberá ser cumplida de manera efectiva en la cárcel de la capital regional.

(Fuente: Fiscalía de Atacama)

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