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El uso de mascarillas en la comuna de Vallenar será obligatorio para todas las personas

14 DE ABRIL 2020 / SANTIAGO Personas transitando por avenida Nueva Providencia con mascarillas, tras que el gobierno estableciera que la comuna de Providencia dejo de estar en cuarentena total, Santiago. FOTO: AILEN DIAZ/AGENCIAUNO

A partir de mañana jueves 23 de abril el uso de mascarillas en la comuna de Vallenar será obligatorio para todas las personas, así lo dio a conocer el alcalde de la comuna de Vallenar, Cristian Tapia Ramos, quién a raíz de los cuatro pasos positivos de covid-19 implementará nuevas medidas de prevención para combatir el coronavirus, las que además cuentan con el respaldo total del cuerpo de concejales de la comuna de Vallenar.

El decreta municipal que aprueba la ordenanza municipal indica:

Articulo 1.- toda persona que transite en espacios públicos o bien que se encuentre en lugares de uso público de la comuna ejemplo (centros de salud familiar, edificios consistoriales, dependencias municipales, vía pública etc., deberá usar una mascarilla que proteja su nariz y boca.

La mascarilla deberá colocarse minuciosamente para que cubra la boca y la nariz y anudarla firmemente para que no haya espacios de separación con la cara.

Esta mascarilla deberá ser de cualquier material, ya sea de elaboración propia o de aquellas que se comercializan en el mercado.

Articulo 2.- la obligación de usar mascarillas establecidas en el artículo 1° se establece sin perjuicio de las demás demandas decretadas por la autoridad sanitaria en protección contra el covid-19, ya sea presentes o futuras, tales como el lavado frecuente de manos, el distanciamiento social.

Articulo 3.- la medida antes establecidas regirá a partir del jueves 22 de abril y hasta que se mantengan vigentes el decreto número 104 del ministerio del interior y seguridad pública, de fecha 18 de marzo del 2020, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, o su respectiva prorroga, o bien hasta que el alcalde, previo acuerdo del concejo municipal, así lo determinen.

Articulo 4.- la infracción al artículo 1° de esta ordenanza podrá ser sancionada con multas de hasta 1 a 5 UTM.

Articulo 5.- la fiscalización de esta ordenanza será fiscalizada por inspectores municipales de la dirección de seguridad pública.

 

Fuente: Municipalidad de Vallenar

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