Cerrar

Declaran inadmisible recurso de amparo a favor de Daniel Jadue. Se quería revocar la prisión preventiva

  • El recurso presentado por el abogado Julio Cuadros, acusa que la jueza Paulina Moya “llevó la audiencia de formalización de manera ilegal, sin principio de legalidad”.

La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible un recurso de amparo presentado a favor del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue (PC), buscando revocar su prisión preventiva.

El recurso, presentado por el abogado Julio Cuadros, buscaba revertir la medida cautelar decretada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago a raíz de la investigación que enfrenta Jadue por su gestión al frente de la Asociación Chilena de Municipalidades con Farmacias Populares (Achifarp).

La Corte fundamentó que “el plazo para deducir el recurso apelación, que constituye la vía ordinaria de impugnación, se encuentra pendiente, razón por la que no es procedente admitir a tramitación el presente arbitrio, toda vez que los mismos se encuentran bajo la tutela jurisdiccional, debiendo deducirse en tal procedimiento los recursos que la defensa del amparado estime procedente”.

“Que, en efecto, no puede pretenderse que la acción de amparo se erija en un instrumento que propicie la revisión anómala e impropia de lo actuado por un tribunal, en las condiciones antes expuestas, puesto que aceptarlo importaría distorsionar tanto la finalidad de la acción de amparo como la regularidad elemental del procedimiento que la rige”, señala el documento.

El recurso presentado calificaba la prisión preventiva como “arbitraria” y sostenía que la jueza Paulina Moya “llevó la audiencia de formalización de manera ilegal, sin principio de legalidad, con grave desconocimiento por parte de la Jueza por desidia o por ignorancia, de la técnica penal adecuada para los delitos producido en la o por la administración pública”.

Además, el escrito argumentaba que los delitos que se imputan a Jadue debían ser investigados en primera instancia por la vía administrativa y no penal.

FUENTE EMOL

scroll to top