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Corte Suprema revocó fallo en contra de establecimiento educacional de Copiapó por no renovar matricula a alumno con trastorno del espectro autista

Algunas de las argumentaciones fue la ilegalidad en el actuar de la institución que afecta la garantía de igualdad del niño respecto de otros estudiantes.

Hace un mes, La Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó a la Scuola Italiana Guiseppe Verdi de Copiapó la inmediata renovación de la matrícula de alumno de prekinder con trastorno del espectro autista (TEA). En la que en la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció el actuar arbitraria del colegio al no renovar la matrícula argumentando que no cuentan con programas de atención de niños con necesidades especiales.

Asimismo, la institución sostuvo que la medida adoptada no es una sanción para el niño, toda vez que la misma se afirma en el hecho que éste presenta demandas educativas especiales y que ellos no cuentan con un personal técnico que las pueda atender permanentemente, por lo que es necesario que éste asista a un colegio que disponga de un proyecto de integración escolar.

La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó la acción deducida atendido que el colegio no cuenta con recursos técnicos y humanos para atender las necesidades especiales educativas o de aprendizaje y de atención que requiere el menor.

Por lo que en un fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó y resolvió que el actuar de la Scuola Italiana Giuseppe Verdi es arbitrario e ilegal, Esto afecta gravemente la garantía de igualdad del niño respecto de otros estudiantes del nivel preescolar quienes no están expuestos a una medida que revista las consecuencias de la impugnada.

(Imagen referencia)

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