La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió un recurso de protección interpuesto por una docente a quien el Servicio Local de Educación Pública (SLEP) de Atacama descontó el 98% de sus remuneraciones, luego del rechazo de varias licencias médicas. El tribunal calificó el acto como ilegal, desproporcionado y atentatorio contra derechos fundamentales.
La decisión fue adoptada en fallo unánime por la Primera Sala del tribunal, que ordenó al SLEP dejar sin efecto los descuentos aplicados durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2024, además de reintegrar los montos descontados. Asimismo, el servicio deberá ceñirse en adelante a lo que establece el Código del Trabajo en materia de límites y procedimientos para este tipo de deducciones.
El fallo establece que la forma en que el SLEP ejecutó los descuentos no solo vulneró el derecho a la remuneración garantizado por el Estatuto Docente, sino que además puso en riesgo la subsistencia de la trabajadora y su grupo familiar, al reducir drásticamente su ingreso mensual.
Para la Corte, aunque la deuda previsional perseguida por el servicio podría tener un fundamento legal, la manera en que se aplicó excedió lo permitido, afectando derechos protegidos constitucionalmente como la propiedad y el sustento económico.
El tribunal enfatizó que las instituciones públicas deben aplicar sus facultades con respeto irrestricto a la ley y considerando el impacto real de sus decisiones en la vida de las personas, sobre todo en casos que comprometen medios esenciales de subsistencia.
Con este fallo, la Corte de Copiapó sienta un precedente importante en materia de descuentos por licencias médicas rechazadas, reforzando la necesidad de que los organismos públicos actúen conforme al marco legal vigente y respeten las garantías laborales fundamentales.