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Conductor recibirá $200 millones de indemnización tras caerle concreto en pleno centro de Santiago

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condena a la administración del edificio Unión Española Seguros y a la Municipalidad de Santiago a pagar de forma solidaria una indemnización de $200 millones por daño moral a un conductor lesionado de gravedad, luego de que le cayera desde el piso 14 del inmueble un bloque de concreto en septiembre de 2016.

La resolución del tribunal de alzada fue unánime y descartó errores en la sentencia que determinó la responsabilidad por falta de servicio de la entidad encabezada por Carolina Tohá al momento del incidente. Así, la apelación no logró revertir la decisión con las pruebas documentales, testimonios e informes expuestos inicialmente.

“Resulta suficiente para dar por establecidos todos los elementos que configuran la falta de servicio de parte de la entidad municipal, consistente en que se solo se limitó a ordenar la reparación del inmueble, sin llegar a usar todas las facultades legales con que cuenta, dejando sin resolver ni disminuir el riesgo para terceros en el uso de la vía aledaña al edificio por un largo período de tiempo“, indica la resolución.

El pago se estableció en el fallo de manera solidaria. Es decir, a la víctima se le deben asegurar los $200 millones, ya sean pagados en su totalidad por el municipio o por la administración del edificio.

Corte confirma condena de millonaria indemnización a conductor por incidente en Santiago

El tribunal de alzada añade que “las condiciones de riesgo que fueron desencadenantes del desprendimiento del bloque de cemento debieron ser disminuidas atendiendo a los deberes normativos impuestos a los municipios“.

Mientras que, respecto a la responsabilidad de la administración del edificio, “la falta de reparación del edificio por parte de su dueño debió haberse intentado ejecutar de modo obligatorio“. Así, debió existir una declaración de clausura y, al omitirse esto, “constituye una omisión culposa que es causa directa del accidente y daño causado”.

Por otro lado, la resolución indica que la parte apelante no aporta nuevos antecedentes. “No logran desvirtuar los hechos ya acreditados ni el razonamiento del tribunal a quo sobre este punto“, sostiene la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones.

Lo relacionado con la prescripción tampoco aplica, pues existe una demanda del 11 de septiembre de 2020, por lo que opera la interrupción.

“Así, en el presente juicio, el hecho que causa daño es de responsabilidad de dos entidades, el dueño del edificio y el municipio, por lo que el perjuicio que origina deberá ser asumido solidariamente“, concluye el fallo.

Por lo tanto, si bien el tribunal de alzada revoca la sentencia en lo que se refiere a la condena en costas al municipio —donde se le exime del pago del proceso—, se confirma lo demás apelado. En consecuencia, se ratifica la sentencia del 20 de diciembre de 2022 dictada por el 19.º Juzgado Civil de Santiago.

FUENTE: BIOBIO CHILE

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