Cerrar

Chats de Cariola: Por qué se podría configurar el delito de tráfico de influencias sin haberse concretado sus pedidos

Distintos abogados analizaron los recientes hallazgos de la Fiscalía Regional de Coquimbo en el teléfono de la diputada diputada Karol Cariola (PC), y si estos podrían o no configurar algún delito.

De acuerdo con El Mercurio, la conclusión que mejor resume el descubrimiento es el siguiente extracto: “La conversación (…) entrega información de relevancia sobre el modus operandi investigado, esto es, la solicitud de favores a autoridades (…) en favor propio o de terceros“.

Y es que en el dispositivo de Cariola -de quién se investiga la posible comisión de delitos como tráfico de influencias en la denominada causa “Chinamart” originada a partir de la revisión del teléfono de la ex alcaldesa de Santiago, Irací Hassler y la diputada, ambas PC, en el marco del caso Sierra Bella- se encontraron diversas conversaciones en los que solicita favores de distinto tipo relacionados con ella, pero también varios en favor del empresario chino Bo Yang, también conocido como Emilio Yang, amigo de la congresista.

Entre las conversaciones vinculadas a Yang, el informe da cuenta de mensajes al entonces subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, donde le señala: “Tengo un conocido chino, que es empresario, yo he trabajado con él varias veces y está tratando de ayudar. A una persona que está varada en el aeropuerto desde el viernes (sic)”. La gestión no tuvo éxito.

Por otro lado, la diputada le escribió al entonces alcalde de Independencia, Gonzalo Durán, hoy delegado presidencial metropolitano, y al exalcalde de Casablanca, Francisco Riquelme, a quienes les pidió gestiones para, en el caso del primero, rebajar multas de autopistas que no se consiguió, y respecto del segundo, lograr una atención en un juzgado de policía local, la que sí se logró.

Francisco Maldonado, abogado penal de la Universidad de Talca, asegura que, según la información que se ha filtrado en la prensa, “las declaraciones cumplen con una parte de las exigencias del tráfico de influencia“.

“Tráfico de influencias lo que requiere es que el cargo que una persona ostenta lo utilice a efecto de poder incidir sobre otro funcionario para que realice algún acto que lo beneficie en el filo de lo que constituye la irregularidad, y digo en el filo, porque ciertos casos de irregularidad que tienen otras incidencias u otras consecuencias pueden también dar lugar a otros delitos”, complementa.

Tras ello, agrega que “tiene que el funcionario influido desarrollar algún tipo de actividad propia de su función que suponga de alguna manera saltarse la regularidad de los procedimientos. Y eso tiene que haber sido motivado por la consideración o presión que emana del cargo que se ostenta“.

En este caso, precisa, “hay que probar cuál es la calidad específica en la cual se llama, cuál es la relación que tienen estas dos personas, etc. Por lo cual, en principio, uno podría intuir que se cumplen las exigencias del delito de tráfico de influencia pero, obviamente, esto depende del resto de los antecedentes que permitan circunscribir en forma más completa el hecho“.

Catherine Lathrop advierte a El Mercurio que “todos los chats son relevantes, pues dan cuenta de una manera de funcionar, de un entender su cargo desde una posición para solicitar, lo que deja al ciudadano de a pie en una posición de desventaja abismante”.

En la misma línea, sostiene que en las conversaciones con favores solicitados “se configura, en mi opinión, el delito de tráfico de influencias“. No obstante, afirma que la de mayor gravedad es la “solicitud que le hace al subsecretario de la época -Monsalve-, quien pone en movimiento sus atribuciones contactando a Extranjería para intentar el ingreso de un ciudadano chino a requerimiento del empresario con el que la diputada tiene negocios, y que de no mediar la alerta de la PDI, habría podido ingresar a nuestro país“.

La académica de Derecho Penal de la Universidad de los Andes, Tatiana Vargas, afirma que de las conversaciones “la más compleja es buscar bajar la multa y pagar menos”.

Recuerda que “el delito de tráfico de influencias efectivamente se comete por un empleado público en términos de funciones públicas, que se interesa en una operación en la que interviene otro empleado público, que procede si se trata de funcionarios municipales, por ejemplo, y ejerce influencia para obtener una decisión favorable. Esto supone que el delito requiere una influencia dirigida a obtener esa decisión y no que efectivamente se logre“.

Por último, el abogado Gabriel Zaliasnik señala que si bien los mensajes “intuitivamente llevan a pensar en el delito de tráfico de influencias”, hay elementos que “parecen no concurrir“.

Debe tratarse de contratos u operaciones de significación patrimonial, lo que no existe en las solicitudes para favorecer el ingreso de una persona al país o para conseguir una atención más rápida en un juzgado”, acota.

Fuente: Emol.com

scroll to top