Un total de 134 jornadas excepcionales de 14 días de labores por otros 14 de descanso ha autorizado transitoriamente la Dirección Regional del Trabajo a empresas principales, contratistas y subcontratistas de la minería de esta región.
El seremi del Trabajo y Previsión Social, Carlos Leal, indicó que “en un trabajo conjunto con el seremi minería y la Dirección del Trabajo hemos realizado todas las gestiones necesarias para que los trabajadores y trabajadoras puedan efectuar sus laboras con todas las medidas sanitarias recomendadas por la autoridad sanitaria, en esa línea se produce la aplicación la jornada excepcional de 14×14 que tiene una durabilidad máxima de 90 días”
El seremi de Minería, Cristian Alvayai, señaló que “valoramos la disposición de las empresas que han realizado todos los esfuerzos para adaptarse a este nuevo sistema, que tiene un fin mayor: faenas más seguras con menores posibilidades de contagios. La minería, uno de los motores de la economía de Chile y la Región de Atacama, tiene el compromiso de continuar sus operaciones, pero bajo estrictos protocolos para proteger la salud y vida de nuestros trabajadores”.
Las solicitudes han sido hechas en el marco de la emergencia sanitaria que vive el país por el Covid-19, dejando de lado principalmente el ciclo de siete por siete, el más usado por las empresas ligadas a la minería en Atacama.
El fundamento de las peticiones –que necesita del acuerdo de empleadores, sindicatos y trabajadores, estos últimos cuando no hay organización sindical- tiene que ver con poner a resguardo a los trabajadores de estas empresas de los riesgos de contagio.
Ello, porque al aumentar la permanencia de sus trabajadores en los centros de trabajo y en sus hogares se reduce el riesgo de contagio por la alta frecuencia de los viajes, el uso de medios de transporte con alta densidad de pasajeros y el prolongado tiempo de los trayectos.
Pamela Orellana, directora regional del trabajo, explicó que por ello “nuestro servicio ha reaccionado con rapidez y está analizando los antecedentes de cada empresa solicitante, para evitar cualquier tipo de ilegalidad, y emitiendo las resoluciones, en un plazo máximo de diez días”.
Hizo hincapié en que así la Dirección del Trabajo “colabora con la política de minimizar riesgos de contagio, otorgando especial dedicación a estas solicitudes y así cumplir con el objetivo que tanto empleador como trabajador tuvieron en cuenta al momento de acordar solicitar esta jornada”.
La autoridad fiscalizadora explicó que debido a que estas solicitudes obedecen a la emergencia sanitaria las autorizaciones están siendo otorgadas, en su mayoría, por un plazo de duración de 90 días.
Procedimiento
Este sistema permite a los empleadores y las empleadoras solicitar a la Dirección del Trabajo la autorización para implementar o renovar un sistema excepcional de distribución de la jornada de trabajo, para una actividad o labor que debido a sus características no puede efectuarse con una distribución de jornada ordinaria de trabajo.
La autorización se otorga sólo a obras o faenas que se encuentran exceptuadas del descanso en domingos y festivos, y que debido a las características especiales de los servicios que prestan, no pueden ejecutarse en la jornada ordinaria.
El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de la Dirección del Trabajo (dirección nacional, direcciones regionales o inspecciones del trabajo). Los empleadores y las empleadoras de empresas de guardias de seguridad y vigilantes privados también pueden solicitar la autorización a través del portal Mi DT.
Plazos y tramitación
Tratándose de una situación de excepción, acorde con la declaración de alerta sanitaria en todo el territorio nacional, la posibilidad de implementar estas jornadas excepcionales está dada por el plazo que dure la emergencia. En la mayoría de los casos han sido por 90 días.
Para presentar el formulario, no podrá hacerse de manera presencial, sino que enviando los antecedentes a la casilla de correo upartes@dt.gob.cl.
Debe llenarse completamente el formulario y adjuntar toda la documentación necesaria para su tramitación. También deberá ponerse especial cuidado en los datos de contacto del encargado del trámite, verificando que contenga el correo electrónico que será el medio a través del cual se realizará la interacción con el solicitante.