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Almacenes y minimarkets de Atacama deberán contar con envases retornables para cumplir con nueva normativa

El pasado domingo 15 de agosto entró en vigencia de la nueva regulación de los plásticos de un solo uso en el país.

Dicha medida señala que los almacenes de barrio, minimarkets, supermercados, tiendas de conveniencia, entre otros, deben contar con bebidas en envases retornables. Además, se encuentran obligados a recibir las botellas de los clientes.

Esto en el marco de la segunda etapa de la Ley de plásticos de un solo uso, texto que fue aprobado en 2021.

La Ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, explicó que el objetivo de estas medidas es promover la utilización de envases más sustentables.

Junto con disminuir el uso de aquellos plásticos que generan una gran cantidad de residuos, ya que suelen ser tirados en espacios públicos como playas, ríos, plazas, calles o parques.

Las municipalidades serán las encargadas de fiscalizar el cumplimiento de esta normativa y las personas podrán denunciar a través de los Juzgados de Policía Local.

En caso de detectarse incumplimientos, los locales comerciales recibirán multas que van desde los $63 mil pesos hasta el millón doscientos mil pesos. Montos que serán establecidos por cada día en el que no estén disponibles estos envases retornables.

En agosto del próximo año entra en vigencia la tercera etapa de esta Ley, paso en el que los establecimientos de comida estarán obligados a utilizar productos reutilizables en su interior.

Adicionalmente, se incluyen restricciones a los delivery, ya que solamente se podrán entregar envases y contenedores de plásticos compostables certificados.

De igual manera, las botellas plásticas deberán ser fabricadas a partir de plástico recolectado y reciclado en el país, situación que ayudaría a cumplir con las exigencias establecidas en Ley REP para envases y embalajes.

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