Los primeros 100 días de un nuevo gobierno no están llamados a agotar la acción pública, sino a ordenar prioridades, fijar rumbo e ingresar los proyectos de ley que estructurarán el ciclo político. La noción de los primeros 100 días no es una consigna comunicacional: es una tradición política consolidada desde la experiencia histórica del New Deal de 1933, entendida como la ventana inicial para demostrar conducción, control de agenda y capacidad real de impulsar reformas estructurales.
En esa lógica, la señal más relevante en esta etapa no es la ejecución inmediata, sino la decisión política de ingresar iniciativas legislativas bien diseñadas, con diagnóstico compartido y alta viabilidad de tramitación. La pequeña y mediana minería (PM y MM) cumplen plenamente con esos criterios. Se trata de un sector con legitimidad histórica, fuerte anclaje territorial y un consenso político transversal en el Congreso.
En ese contexto, esta columna busca aportar insumos técnicos y propuestas concretas para la construcción de una agenda minera del próximo ciclo de gobierno, un ámbito que hasta ahora ha tenido escasa explicitación pública, pese a su relevancia estratégica para el desarrollo productivo y territorial del país.
Estas propuestas resultan particularmente oportunas en un escenario de precios del cobre y balance de mercado estructuralmente favorables para los próximos años, lo que abre una ventana concreta para mejorar la captura de valor de la PM y MM, aumentar producción efectiva, formalizar actividad y maximizar el retorno económico y fiscal del ciclo minero. No actuar a tiempo implica, simplemente, dejar pasar renta minera disponible por falta de adecuación institucional y normativa.
1. Ley Marco de Fomento Productivo para la PM y MM
La primera iniciativa debiera ser el ingreso de una Ley Marco habilitante de Fomento Productivo para la Pequeña y Mediana Minería, orientada a rediseñar de manera estructural la relación del Estado con este sector.
No se trata de una ley de beneficios puntuales ni de subsidios coyunturales, sino de un marco jurídico que ordene y articule financiamiento, regulación proporcional (permisos y autorizaciones), sostenibilidad ambiental, desarrollo territorial y fomento productivo bajo una sola arquitectura normativa. En términos de política pública, supone transitar desde una aproximación fragmentada y asistencial hacia una relación estratégica, coherente y permanente entre el Estado y la PM y MM.
Por su carácter habilitante, esta Ley Marco debe preceder las reformas institucionales específicas, particularmente la reforma al gobierno corporativo de ENAMI actualmente en tramitación. Definir primero el modelo y luego ajustar las instituciones no es solo una opción técnica, sino una regla básica de buena gobernanza.
2. Modificar el régimen de patente rebajada por trabajo efectivo de la Ley N° 21.420
Una segunda iniciativa legislativa prioritaria es perfeccionar el régimen de amparo y patente rebajada por trabajo efectivo introducido por la Ley N° 21.420, con el objeto de ampliar su cobertura y simplificar sustantivamente su aplicación. Si bien el principio del amparo por actividad minera va en la dirección correcta, su diseño actual introduce exclusiones y sobrecargas injustificadas para actores que operan en la misma escala productiva, en gran medida por exigencias formales y por un nivel de discrecionalidad administrativa que no se condice con la naturaleza del instrumento.
La corrección propuesta es directa: transitar hacia un sistema de acreditación objetiva de la condición de productor de baja escala, basado en criterios simples y verificables —como la inscripción en los padrones de proveedores de ENAMI u otros registros equivalentes—, evitando la evaluación caso a caso de proyectos y faenas por parte de Sernageomin. Este ajuste permitiría alinear la norma con su finalidad original: incentivar la explotación efectiva de las concesiones, reducir la especulación, otorgar certeza regulatoria a la pequeña y mediana minería y favorecer la inversión productiva y el empleo local, sin alterar el equilibrio fiscal de la medida.
3. Modificar la Ley N° 19.719 para modernizar la patente minera especial
Como complemento inmediato, resulta necesario ingresar una modificación a la Ley N° 19.719, que regula la patente minera especial para pequeños mineros y mineros artesanales, hoy claramente desalineada con la realidad productiva del sector.
La propuesta es directa y razonable: ampliar los límites de superficie (hoy limitada el beneficio a 50 y 100 hectáreas), actualizar los criterios de elegibilidad y extender el beneficio a las formas societarias efectivamente utilizadas por la PM y Minería Artesanal en la actualidad. Esta corrección normativa permitiría mejorar la formalización, reforzar el trabajo efectivo y devolverle sentido a un instrumento que hoy presenta un impacto marginal.
4. Modernizar la Ley N° 19.137 para liberar propiedad minera ociosa
Finalmente, una medida de alto impacto territorial y bajo costo fiscal es ingresar una modificación a la Ley N° 19.137, con el objeto de simplificar y hacer efectiva la liberación de pertenencias mineras no explotadas de Codelco hacia ENAMI y, a través de esta, hacia la pequeña minería, en forma obligatoria y sujeta a indicadores de cumplimiento.
Reducir cargas administrativas innecesarias, radicar decisiones en los directorios de las empresas públicas y dotar a ENAMI de un mandato claro para facilitar el acceso real de la PM y MM a estos activos, incluso mediante esquemas de transferencia condicionada o asociatividad productiva, permitiría activar inversión local y exploración vía explotación, utilizando recursos ya disponibles del Estado.
Liderazgo para convertir diagnóstico en acción
Estas cuatro iniciativas no parten de cero. Existen diagnósticos, análisis técnicos y propuestas desarrolladas desde el ámbito gremial y académico. El desafío ya no es conceptual ni regulatorio, sino político y estratégico: traccionar esta agenda con liderazgo, decisión y una adecuada secuencia legislativa.
Ingresar estos proyectos de ley en los primeros 100 días permitiría aprovechar un consenso transversal, capturar valor en un ciclo de precios favorable y ordenar la relación del Estado con un sector clave para el desarrollo territorial.
La pequeña y mediana minería requieren decisiones oportunas, bien diseñadas y ejecutadas con sentido de Estado. El momento político ofrece esa oportunidad.
Por Patricio Cartagena D. Presidente del Centro de Arbitraje y Mediación Minero, CAMMIN Abogado, ex Director Nacional Sernageomin




