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Senadora Provoste destacó aprobación de proyecto que crea beneficios de salud para Bomberos de Chile

“Desde Atacama entregamos todo nuestro respaldo para la institución de Bomberos y esperamos que el proyecto sea aprobado a la brevedad por el Congreso Nacional”.

Como un paso real en la protección de las familias chilenas que reciben la ayuda permanente de Bomberos, definió la senadora Provoste la aprobación del proyecto que modifica el decreto ley N° 1.757, de 1977, para facilitar el acceso a los beneficios establecidos para bomberos que sufren accidentes o contraen enfermedades en actos de servicio y actividades relacionadas e incorporar la cobertura en salud.

En ese plano, la parlamentaria sostuvo que el proyecto define de manera más amplia lo que se entiende por ser miembro de bomberos, estableciendo expresamente que ser bombero “incluye a los voluntarias y voluntarios; activos y activas; y honorarios y honorarias”.

“Dicha modificación permitirá también que los cadetes o brigadieres tengan derecho al beneficio de financiamiento íntegro de los gastos médicos durante las actividades de formación y capacitación, a partir de los 14 años de edad en adelante” detalló la representante nortina en el Senado.

En esa línea, la senadora de Atacama insistió en que el cambio legal permitirá ayudar a Bomberos en la atención o apoyo sanitario en pandemia; en el rescate en accidentes vehiculares; en el rescate agreste; y en la atención de víctimas.

Asimismo, Yasna Provoste indicó que se incluye la cobertura para los bomberos que se encuentren presentes en el cuartel o compañía sin mediar citación u orden formal de servicio, y que sufran un accidente dentro de los edificios o instalaciones institucionales.

“En el ámbito de la salud mental se incorpora el pago de honorarios profesionales, previa derivación, pudiendo llegar hasta 30 sesiones. Y se incorpora expresamente la cobertura de aparatos ortopédicos, prótesis, bastones, sillas de ruedas y cualquier otro elemento rehabilitador que sea indicado por el médico del establecimiento asistencial”, explicó la legisladora.

Por último, la legisladora  añadió que el cuerpo legal propone que la certificación la realice un médico del establecimiento asistencial y se establece un plazo de 30 días para que la CMF se pronuncie respecto al otorgamiento de los beneficios.

FUENTE: PRENSA, SENADORA YASNA PROVOSTE

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