La Corporación Nacional Forestal -organismo creado en 1973- se dividirá en dos servicios, que deben comenzar a operar a más tardar en mayo del próximo año.
La Corporación Nacional Forestal (Conaf) dejará de existir en los próximos meses, luego de que en mayo de este año, se publicara en el Diario Oficial la ley que crea el Servicio Nacional Forestal (Sernafor).
El rol del organismo ha sido cuestionado en los últimos días luego de la tragedia ocurrida en el Parque Nacional Torres del Paine, donde fallecieron cinco turistas extranjeros, debido a que se conoció no habían guardaparques en la zona al momento del incidente.
Tras su publicación en el Diario Oficial, la ley comienza a regir, pero existe un plazo máximo de un año para que Conaf cese sus funciones y de paso al nuevo servicio. Por el momento, se desconoce la fecha exacta en la que esto ocurrirá.
Fin de la Conaf: ¿Qué dice la ley y qué organismos la reemplazarán?
En específico, la Corporación Nacional Forestal -organismo creado en 1973- se dividirá en dos servicios: el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), que dependerá del Ministerio del Medio Ambiente, y el Servicio Nacional Forestal (Sernafor), que estará bajo el alero del Ministerio de Agricultura.
Según un artículo de la Conaf, “el Sernafor deberá elegir sus autoridades por Alta Dirección Pública (ADP) y tendrá nuevas facultades con la que ahora no cuenta, como acceder a fuentes de agua y a predios afectados sin esperar la instrucción del Estado Mayor Conjunto para combatir incendios”.

Adicionalmente, se fortalecerán las funciones y atribuciones que tenía el organismo, como la fiscalización de las leyes sectoriales de su competencia. “Se entrega a los funcionarios que ejecuten dichas labores de fiscalización el carácter de ministros de fe para constatar infracciones; nuevas atribuciones en materia de protección contra incendios forestales; y la ejecución de programas y proyectos para el control de plagas que afecten bosques u otras formaciones vegetacionales que no sean competencia del SAG”, detallan.
Desde la Conaf, enfatizaron que el Servicio se encargará de “coordinar y ejecutar políticas y planes de conservación, desarrollo, fomento y manejo sustentable de bosques; coordinar acciones para la prevención, mitigación, protección y respuesta contra incendios forestales; formular estrategias para promover la sustentabilidad del sector forestal”.
“También deberá elaborar un catálogo de las especies arbóreas y arbustivas, nativas o introducidas. Contendrá los requisitos de plantación, manejo, conservación y de eficiencia hídrica requeridos por cada especie”, lo que será de uso obligatorio para las nuevas urbanizaciones y para nuevo arbolado.
En el Diario Oficial -donde se publicó el 23 de mayo de este año- se establece que “tendrá por objeto la protección, el fomento, la conservación, la preservación, la recuperación, la restauración y el manejo y regulación del uso sustentable de los bosques y demás formaciones vegetacionales”.
“Para el cumplimiento de su objeto, el Servicio propenderá a garantizar la provisión continua de servicios ecosistémicos de los bosques y demás formaciones vegetacionales para satisfacer la demanda social actual y futura, así como el desarrollo sustentable de la actividad forestal”, agrega.
En esta misma línea, “el Servicio deberá velar por la protección contra incendios forestales. El Servicio velará por que el cumplimiento de su objeto se realice de manera equitativa e inclusiva en los territorios y ámbitos en que desarrolla su acción”.
FUENTE: T13




